Legislación › Ley 4/2014, de 20 de junio, de transportes terrestres y movilidad sostenible de las Illes Balears.
Disposición adicional sexta. Aplicación de la normativa tranviaria a otros sistemas de transporte.
Disposición adicional sexta. Aplicación de la normativa tranviaria a otros sistemas de transporte.
La normativa establecida en esta ley relativa al transporte tranviario será de aplicación a otros sistemas de transporte que presenten las mismas características que el servicio tranviario, o características similares en cuanto a la plataforma de vía y su naturaleza jurídica.
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