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Legislación › Real Decreto 550/2014, de 27 de junio, por el que se desarrollan los requisitos y el procedimiento para el reconocimiento de las Entidades Asociativas Prioritarias y para su inscripción y baja en el Registro Nacional de Entidades Asociativas Prioritarias, previsto en la Ley 13/2013, de 2 de agosto, de fomento de la integración de cooperativas y de otras entidades asociativas de carácter agroalimentario.

ANEXO II

Comparación entre la redacción en vigor desde el 7 de abril de 2019 y la del 22 de junio de 2023. Tachado: lo que se quitó (1243 palabras). Subrayado: lo que se añadió (229 palabras). Volver al texto en vigor

ANEXO II
Modelo de solicitud de reconocimiento de Entidades Asociativas Prioritarias (EAP) y documentación complementaria
a) Volúmenes mínimos para el reconocimiento por producto:
PRODUCTOS
Productos (seleccionar)
·
CNAE 2009 1
·
DESCRIPCIÓN CLASIFICACIÓN NACIONAL ACTIVIDADES ECONÓMICAS (CNAE)
·
VOLUMEN MÍNIMO FACTURACIÓN TOTAL DE LA ENTIDAD
(millones
Volumen mínimo facturación total de euros) 2 y 3
·
VOLUMEN FACTURACIÓN TOTAL DE LA ENTIDAD PARA ESE PRODUCTO
la entidad (millones de euros)
·
ACEITE DE OLIVA
·
□
·
□ 1043
·
Fabricación de aceite de oliva
·
500
·
·
ACEITUNA DE MESA (elaborada)
·
□
·
□ 1089
·
Elaboración otros productos alimenticios no clasificado en otra parte
·
150
·
·
□ 1039
·
Otro procesado y conservación de frutas
euros)1 y hortalizas
·
ALGODÓN
·
□
·
□ 0116
·
Cultivo de plantas para fibras textiles
·
20
·
·
ALIMENTACIÓN ANIMAL
·
□
·
□ 1091
·
Alimentación animal
·
225
·
·
□ 1092
2 ·
Fabricación Volumen facturación total de productos para la alimentación de animales de compañía
·
ALIMENTACIÓN ANIMAL (excluyendo animales de compañía)
·
□
·
□ 1091
·
Piensos
entidad para especies ese producto (millones de producción
·
217
·
euros) ·
FABRICACIÓN FABRICACION DE PRODUCTOS PARA LA ALIMENTACIÓN ALIMENTACION DE ANIMALES DE COMPAÑÍA
·
□
·
□ 1092
COMPAÑIA. ·
Piensos para animales de compañía
☐ ·
8
·
·
APÍCOLA
·
□
·
□ 0149
·
Otras explotaciones de ganado
·
20
APÍCOLA. ·
☐ ·
ARROZ
10 ·
□
·
□ 0112
ARROZ. ·
Cultivo de arroz
☐ ·
60
·
·
AVICULTURA DE CARNE
·
□
·
□ 0147
·
Avicultura
·
350
·
·
AVICULTURA DE PUESTA
·
□
·
□ 1089
·
Elaboración de otros productos alimenticios no clasificado en otra parte
·
70
PUESTA. ·
☐ ·
□ 0147
32 ·
Avicultura
·
CARNE DE CONEJO
·
□
·
□ 0149
CONEJO. ·
Otras explotaciones de ganado
☐ ·
35
·
·
CULTIVOS HERBÁCEOS (excepto arroz)
·
□
·
□ 0111
·
Cultivo de cereales (excepto arroz), leguminosas y semillas oleaginosas
·
300
·
·
CEREALES (excepto arroz)
·
□
·
□ 0111
·
Cereales (excepto arroz)
·
255
·
·
LEGUMINOSAS
·
□
·
□ 0111
·
Leguminosas
·
12
·
·
OLEAGINOSAS
·
□
·
□ 0111
·
Semillas oleaginosas
·
33
·
·
TRIGO DURO
·
□
·
□ 0111
HONGOS Y/O SETAS COMESTIBLES. ·
Trigo duro
☐ ·
23
110 ·
·
FLORES Y PLANTAS DE VIVERO
·
□
·
□ 0130
VIVERO. ·
Propagación de plantas
☐ ·
25
·
·
□ 0128
·
Cultivo de especias, plantas aromáticas, medicinales y farmacéuticas
·
FORRAJES DESHIDRATADOS
·
□
·
□ 0119
·
Otros cultivos no perennes
·
50
·
·
CÍTRICOS
·
□
·
□ 0123
DESHIDRATADOS. ·
Cultivo de cítricos
☐ ·
300
17 ·
·
FRUTAS DE HUESO
·
□
·
□ 0124
·
Cultivo de frutos con hueso y pepitas
·
125
·
·
FRUTAS DE PEPITA
·
□
·
□ 0124
·
Cultivo de frutos con hueso y pepitas
·
80
Y PEPITAS. ·
☐ ·
□ 0121
50 ·
Cultivo de la vid (mesa)
·
FRUTAS TROPICALES Y SUBTROPICALES Y PLÁTANOS
·
□
·
□ 0122
PLÁTANOS. ·
Cultivo de frutos tropicales y subtropicales
☐ ·
100
·
·
FRUTAS Y HORTALIZAS FRESCAS Y TRANSFORMADAS (excepto patata y tomate transformado)
·
□
·
□ 0123
·
Cultivos cítricos
·
500
·
·
□ 0124
·
Cultivos de frutos con hueso y pepitas
·
□ 0121
·
Cultivos de vid de mesa
·
□ 0122
·
Cultivos de frutos tropicales y subtropicales
·
□ 0125
·
Cultivo de otros árboles y arbustos frutales y frutos secos
·
□ 0113
·
Cultivo de hortalizas, raíces y tubérculos
·
□ 1032
·
Elaboración de zumos de frutas y hortalizas
·
□ 1039
·
Otro procesado y conservación de frutas y hortalizas
·
□ 1085
·
Elaboración de platos y comidas
·
□ 1089
·
Elaboración de otros productos alimenticios no clasificado en otra parte
·
FRUTOS SECOS
·
□
·
□ 0125
SECOS. ·
Cultivo de otros árboles y arbustos frutales y frutos secos
☐ ·
40
·
·
HORTALIZAS (excepto patata)
·
□
·
□ 0113
·
Cultivo de hortalizas (incluidos sandía y melón), raíces y tubérculos
·
400
·
·
LECHE
Y PRODUCTOS LÁCTEOS
·
□
·
□ 1054
·
Preparación de leche y otros productos lácteos
·
650
·
·
□ 1053
·
Fabricación de quesos
·
□ 0141
·
Explotación de ganado bovino para la producción de leche
·
□ 0143
·
Explotación de caballos y otros equinos
·
□ 0144
·
Explotación de camellos y otros camélidos
·
□ 0145
·
Explotación de ganado ovino y caprino
·
□ 1052
·
Elaboración de helados
·
MOSTOS, VINOS Y ALCOHOLES
·
□
·
□ 1101
·
Destilación, rectificación y mezcla de bebidas alcohólicas
·
100
·
·
□ 1102
·
Elaboración de vinos
·
□ 1104
·
Elaboración de otras bebidas no destiladas, procedentes de la fermentación
·
□ 1103
·
Elaboración de sidra y otras bebidas fermentadas
·
□ 1105
·
Fabricación de cerveza
·
OVINO Y CAPRINO DE CARNE
·
□
·
□ 0145
ALCHOLES. ·
Explotación de ganado ovino y caprino
☐ ·
100
·
·
OVINO DE LECHE Y CARNE
·
□
·
□ 0145
Y/O CARNE. ·
Explotación de ganado ovino y caprino
☐ ·
75
70 ·
·
CAPRINO DE LECHE Y CARNE
·
□
·
□ 0145
Y/O CARNE. ·
Explotación de ganado ovino y caprino
☐ ·
40
·
·
PATATA
·
□
·
□ 0113
PATATA. ·
Cultivo de hortalizas, raíces y tubérculos
☐ ·
40
·
·
PORCINO BLANCO
·
□
·
□ 0146
·
Explotación de ganado porcino
·
150
·
·
PORCINO IBÉRICO
·
□
·
□ 0146
IBÉRICO. ·
Explotación de ganado porcino
☐ ·
50
·
·
PRODUCCIÓN FORESTAL
·
□
·
□ 0220
·
Silvicultura y otras actividades forestales
·
20
·
·
REMOLACHA (azucarera)
·
□
·
□ 0114
·
Cultivo de caña de azúcar
·
30
·
·
□ 0113
·
Cultivo azucareros y azúcar
·
SUMINISTROS Y SERVICIOS
·
□
·
□ 0164
·
Fertilizantes, fitosanitarios, semillas y otros suministros agrícolas y ganaderos
·
350
·
·
□ 0162
·
□ 0130
·
□ 2015
·
□ 2020
·
TABACO
·
□
·
□ 0115
·
Cultivo de tabaco
·
40
·
·
TOMATE TRANSFORMADO
·
□
·
□ 1039
·
Otro procesado y conservación de frutas y hortalizas
·
90
·
·
□ 1032
·
Elaboración de zumos frutas y hortalizas
·
□ 0113
·
Cultivo de hortalizas, raíces y tubérculos
·
□ 1084
TRANSFORMADO. ·
Elaboración de especies, salsas y condimentos
☐ ·
□ 1085
80 ·
Elaboración de platos y comidas preparadas
·
TRANSFORMADOS HORTOFRUTÍCOLAS (EXCEPTO TOMATE)
·
□
·
□ 1032
·
Elaboración de zumos de frutas y hortalizas
·
70
·
·
□ 1039
·
Otro procesado y conservación de frutas y hortalizas
·
□ 1085
TOMATE). ·
Elaboración de platos y comidas preparadas
☐ ·
□ 1089
60 ·
Elaboración de otros productos alimenticios no clasificado en otra parte
·
VACUNO DE CARNE
·
□
·
□ 0142
CARNE. ·
Explotación de otro ganado bovino y búfalos
☐ ·
70
35 ·
·
1 Incluidos en cada apartado los códigos CNAE en materia de transformación y comercialización correspondientes a los productos objeto de reconocimiento.
2
Facturación total de la entidad y de sus entidades participadas (importe neto cifra de negocios). Los valores de facturación se reducirán un 30% cuando la entidad solicitante sea una sociedad cooperativa agroalimentaria de primer grado en los términos establecidos en el artículo 2.3 y el anexo I a) del presente real decreto. Real Decreto 550/2014.
3 2 El volumen mínimo de facturación exigido se reducirá un 50% para los distintos subsectores para los que se solicita el reconocimiento por producto cuando la entidad solicitante lleve a cabo una integración vertical en la cadena de suministro en los términos del anexo I c).
·
b) Volúmenes mínimos para el reconocimiento genérico:
CONJUNTO DE PRODUCTOS ESPECÍFICOS
genérico3:
(INDICANDO CNAE DE ACUERDO CON EL CUADRO ANTERIOR) OBJETO DE RECONOCIMIENTO 3 Según el artículo 2.2.b) del Real Decreto 550/2014, de 27 de junio.
Conjunto de productos (contemplados en el objeto de la entidad) ·
VOLUMEN MÍNIMO FACTURACIÓN TOTAL DE LA ENTIDAD4 Volumen mínimo facturación total de la entidad3
(millones de euros)
·
VOLUMEN FACTURACIÓN TOTAL DE LA ENTIDAD Volumen facturación total de la entidad
(millones de euros)
·
–
·
750
·
·
–
·
–
·
–
·
–
150 ·
–
·
4 3 Facturación total de la entidad y de sus entidades participadas (importe neto cifra de negocios). Los valores de facturación se reducirán un 30% cuando la entidad solicitante sea una sociedad cooperativa agroalimentaria de primer grado en los términos establecidos en el artículo 2.3 y el anexo I b) del presente real decreto. Real Decreto 550/2014, de 27 de junio.
·
V. DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA CON LA SOLICITUD
□ ☐ Certificación del acuerdo de solicitud de reconocimiento como Entidad Asociativa Prioritaria (EAP).
□ ☐ Memoria del proyecto empresarial y asociativo de la EAP.
□ ☐ Para entidades civiles y mercantiles: certificación de que más del 50 por ciento de su capital social pertenece a sociedades cooperativas, a organizaciones de productores o a sociedades agrarias de transformación.
□ ☐ Certificación de la relación de entidades que integran la EAP, n.º de socios que las componen e indicación del territorio de la comunidad autónoma donde desarrollan su actividad. actividad productiva.
□ ☐ Certificación de la relación de entidades que integran cada una de las cooperativas de 2.º y ulterior grado, n.º de socios que las componen e indicación del territorio de la comunidad autónoma donde desarrollan su actividad. actividad productiva.
□ ☐ Certificación de la relación detallada de los socios que componen cada una de las entidades que integran la EAP.
□ ☐ Estatutos o disposiciones reguladoras de la entidad solicitante y de cada una de las entidades que integran la EAP.
□ ☐ Obligaciones estatutarias (entrega total, (compromiso de entrega, cesión de datos y control democrático) de la entidad solicitante y de cada una de las entidades que integran la EAP.
□ Declaración de la EAP y compromiso de cada una de las entidades de base que se acogen al periodo transitorio establecido en la disposición transitoria única del Real Decreto 550/2014, de 27 de junio.
□
☐ Certificación expedida por auditor, órganos rectores o administradores relativa al volumen de facturación de sus socios y terceros no socios de cualquiera de los tres últimos ejercicios económicos cerrados, previos a la solicitud, en relación con los productos para los que se pretende obtener el reconocimiento. Esta documentación ha de corresponder al mismo ejercicio (elegir una opción):
□ de la entidad solicitante.
□ de las entidades de base que integran la entidad solicitante.
□
☐ Memoria, balance y cuenta de resultados de la entidad solicitante con personalidad jurídica y de sus entidades de base (en el caso de que se acceda al reconocimiento mediante la suma de la facturación de las mismas), o de las entidades promotoras que pretenden el reconocimiento, jurídica, referido al mismo ejercicio elegido anteriormente.
□ ☐ Otra documentación. En su caso, indíquese:
___________________________________________________________________ ....................................................................................................................
___________________________________________________________________ ....................................................................................................................
___________________________________________________________________ ...................................................................................................................
VI. SOLICITUD
El abajo firmante solicita el RECONOCIMIENTO al que se refiere la presente instancia, y declara que son ciertos los datos consignados en ella, reuniendo los requisitos exigidos, aceptando las condiciones establecidas en el Real Decreto 550/2014, de 27 de junio, comprometiéndose a probar documentalmente todos los datos que figuran en esta solicitud y autorizando al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, para recabar de la Agencia Tributaria y de la Tesorería General de la Seguridad Social información relativa al cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. solicitud:
En__________________________, En ............................................, a ___de __________________de 20__. ...... de ....................... de 20....
(Firma)





Director General de la Industria Alimentaria Alimentaria.
P.º Infanta Isabel n.º 1
1. 28071 MADRID Madrid.
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación mantiene un compromiso de cumplimiento de la legislación vigente en materia de tratamiento de datos personales y seguridad de la información con el objeto de garantizar que la recogida y tratamiento de los datos facilitados se realiza conforme al Reglamento (UE) 2016/679 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) Datos, RGPD) y de la normativa nacional vigente en la materia. Por este motivo, le ofrecemos a continuación información sobre la política de protección de datos aplicada al tratamiento de los datos de carácter personal derivado del procedimiento de reconocimiento de las entidades asociativas prioritarias:
1. Responsable del tratamiento: Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Dirección General de la Industria Alimentaria-Subdirección General de Fomento Industrial y Asociativo Agroalimentario Competitividad de la Cadena Alimentaria.
P.º Infanta Isabel, 1. 28071 Madrid Madrid.
Teléfono: 91 3475346 3475346.
Correo: sgfi@mapa.es sgcca@mapa.es.
Delegado de Protección de datos: bzn-delegadosPD@mapama.es bzn-DPD@mapa.es.
2. Finalidad del tratamiento: Los datos personales incorporados serán utilizados exclusivamente para la tramitación del procedimiento de reconocimiento como entidad asociativa prioritaria y se conservarán mientras la legislación aplicable obligue a su conservación (Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español).
3. Legitimación del tratamiento: el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento de la Ley 13/2013, de 2 de agosto, de fomento de la integración de cooperativas y de otras entidades asociativas de carácter agroalimentario.
4. Destinatarios de los datos: no están previstas cesiones de datos ni transferencias internacionales de datos.
5. Derechos sobre el tratamiento de datos: conforme a lo previsto en el RGPD y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, podrá solicitar al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través de su sede electrónica (https://sede.mapama.gob.es/portal/site/se), (https://sede.mapa.gob.es/portal/site/se), el acceso, rectificación y supresión de sus datos personales, la limitación y oposición al tratamiento de sus datos y a no ser objeto de decisiones automatizadas. Asimismo, si considera vulnerados sus derechos, podrá presentar una reclamación de tutela ante la Agencia Española de Protección de Datos: https://sedeagpd.gob.es/sede-electronica-web/vistas/formReclamacionDerechos/reclamacionDerechos.jsf Sede Electrónica - Agencia Española de Protección de Datos (sedeagpd.gob.es).

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