Legislación › Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima.
Artículo 271. Entrega de las mercancías.
Artículo 271. Entrega de las mercancías.
Cuando el porteador entregue una carta de porte marítimo con designación del destinatario, este tendrá derecho a la entrega de las mercancías en destino sin necesidad de presentar el documento.


