Legislación › Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima.
Artículo 384. Ámbito de aplicación.
Artículo 384. Ámbito de aplicación.
Se regirá por lo dispuesto en este capítulo la responsabilidad civil derivada de daños por contaminación sufridos en las costas y los espacios marítimos españoles, que proceda de buques, embarcaciones, artefactos navales y plataformas fijas, dondequiera que estos se encuentren.


