Legislación › Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima.
Disposición adicional sexta. Buques de guerra españoles.
Disposición adicional sexta. Buques de guerra españoles.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 3.3, los comandantes de los buques de guerra españoles pertenecen a la Armada.
El Ministerio de Defensa regulará la lista oficial de buques de la Armada.
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