Legislación › Real Decreto 634/2014, de 25 de julio, por el que se regula el régimen de sustituciones en la carrera fiscal.
Artículo 21. Deber de desempeño fiel de las funciones.
Artículo 21. Deber de desempeño fiel de las funciones.
Los abogados fiscales sustitutos tendrán el primordial deber de cumplimiento fiel de las tareas que les encomienden, con prontitud y eficacia, conforme a los principios de unidad y dependencia jerárquica y con sujeción, en todo caso, a los de legalidad e imparcialidad.


