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Real Decreto 634/2014, de 25 de julio, por el que se regula el régimen de sustituciones en la carrera fiscal.

Derogada o sin vigencia Ministerio de Justicia · Publicada el 26 de julio de 2014 · Último cambio el 23 de febrero de 2022 · Ver en el BOE

Índice

  1. co 2 redacciones · cambió el 23/02/2022
  2. Preámbulo
  3. TÍTULO I
  4. Artículo 1. Objeto.
  5. Artículo 2. Reglas generales de sustitución.
  6. Artículo 3. Medidas de control presupuestario.
  7. TÍTULO II
  8. CAPÍTULO I
  9. Artículo 4. Ámbito, carácter y gestión del sistema.
  10. CAPÍTULO II
  11. Artículo 5. Plan anual de sustituciones. Elaboración de las listas.
  12. Artículo 6. Reglas para el llamamiento de candidatos incluidos en las listas de sustitución.
  13. Artículo 7. Reglas para el llamamiento forzoso.
  14. TÍTULO III
  15. CAPÍTULO I
  16. Artículo 8. Abogados fiscales sustitutos.
  17. Artículo 9. Funciones.
  18. CAPÍTULO II
  19. Artículo 10. Concurso público.
  20. Artículo 11. Limitación de nombramientos.
  21. Artículo 12. Comisión de valoración.
  22. Artículo 13. Criterios de selección.
  23. Artículo 14. Exclusión del proceso de selección.
  24. Artículo 15. Nombramiento.
  25. Artículo 16. Prórroga del nombramiento.
  26. CAPÍTULO III
  27. Artículo 17. Llamamiento y notificación.
  28. Artículo 18. Toma de posesión y juramento o promesa.
  29. Artículo 19. Inspección y evaluación.
  30. CAPÍTULO IV
  31. Artículo 20. Incompatibilidades y prohibiciones.
  32. Artículo 21. Deber de desempeño fiel de las funciones.
  33. Artículo 22. Deber de secreto de los abogados fiscales sustitutos.
  34. Artículo 23. Régimen general de responsabilidades.
  35. Artículo 24. Régimen de Seguridad social.
  36. Artículo 25. Permisos y licencias.
  37. Artículo 26. Afiliación en asociaciones para la defensa de sus intereses.
  38. CAPÍTULO V
  39. Artículo 27. Motivos del cese.
  40. CAPÍTULO VI
  41. Artículo 28. Nombramiento y cese.
  42. Artículo 29. Régimen de actuación.
  43. TÍTULO IV
  44. CAPÍTULO I
  45. Artículo 30. Fiscales de Sala eméritos del Tribunal Supremo.
  46. CAPÍTULO II
  47. Artículo 31. Nombramiento.
  48. Artículo 32. Toma de posesión y llamamiento de los fiscales de Sala eméritos del Tribunal Supremo.
  49. Disposición adicional primera. Régimen retributivo de las sustituciones.
  50. Disposición adicional segunda. Instrucciones generales del Fiscal General del Estado.
  51. Disposición transitoria única. Prórroga del nombramiento de los abogados fiscales sustitutos.
  52. Disposición derogatoria única. Derogación normativa singular.
  53. Disposición final primera. Título competencial.
  54. Disposición final segunda. Facultades de desarrollo y ejecución.
  55. Disposición final tercera. Normativa de aplicación supletoria.
  56. Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
  57. Firma