Legislación › Real Decreto 634/2014, de 25 de julio, por el que se regula el régimen de sustituciones en la carrera fiscal.
Artículo 26. Afiliación en asociaciones para la defensa de sus intereses.
Artículo 26. Afiliación en asociaciones para la defensa de sus intereses.
Los abogados fiscales sustitutos podrán constituir y formar parte de asociaciones propias para la defensa de sus intereses profesionales en todos los aspectos y de forma análoga al régimen previsto en el artículo 54 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal para las asociaciones profesionales de fiscales.


