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Legislación › Ley 3/2014, de 2 de julio, de Venta Ambulante o no Sedentaria de la Región de Murcia.

Artículo 24. Prescripción de las infracciones.

Artículo 24. Prescripción de las infracciones.

En la prescripción de las infracciones reguladas en la presente ley se estará a lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

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