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Ley 3/2014, de 2 de julio, de Venta Ambulante o no Sedentaria de la Región de Murcia.
En vigor Comunidad Autónoma de la Región de Murcia · Publicada el 29 de julio de 2014 · Último cambio el 8 de julio de 2014 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Concepto de venta ambulante o no sedentaria.
- Artículo 3. Modalidades de venta ambulante o no sedentaria.
- Artículo 4. Competencias de las administraciones públicas en la ordenación de la venta ambulante o no sedentaria.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 5. Régimen de autorización de la actividad de venta ambulante o no sedentaria.
- Artículo 6. Requisitos para el ejercicio de la actividad comercial de venta ambulante o no sedentaria.
- Artículo 7. Obligaciones de los comerciantes.
- Artículo 8. Vigencia de la autorización.
- Artículo 9. Procedimiento de concesión de autorizaciones.
- Artículo 10. Contenido de las autorizaciones.
- Artículo 11. Transmisión y subrogación de las autorizaciones.
- Artículo 12. Extinción y revocación de la autorización.
- Artículo 13. Modificación y suspensión temporal de la venta ambulante o no sedentaria.
- CAPÍTULO II
- Artículo 14. Ordenanzas municipales reguladoras de la venta ambulante o no sedentaria.
- Artículo 15. Gestión privada de los mercados y mercadillos en suelo público.
- CAPÍTULO III
- Artículo 16. Mercadillos en suelo privado.
- Artículo 17. Los comerciantes en mercadillo privado.
- TÍTULO III
- Artículo 18. Registros de venta ambulante o no sedentaria.
- Artículo 19. Registro municipal de venta ambulante o no sedentaria.
- Artículo 20. Registro de venta ambulante o no sedentaria de la Región de Murcia.
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 21. Competencia sancionadora.
- Artículo 22. Infracciones.
- Artículo 23. Responsabilidad.
- Artículo 24. Prescripción de las infracciones.
- CAPÍTULO II
- Artículo 25. Sanciones.
- Artículo 26. Prescripción de sanciones.
- Artículo 27. Procedimiento sancionador.
- Disposición adicional.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición transitoria tercera.
- Disposición transitoria cuarta.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Firma


