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Legislación › Ley 3/2014, de 2 de julio, de Venta Ambulante o no Sedentaria de la Región de Murcia.

Artículo 26. Prescripción de sanciones.

Artículo 26. Prescripción de sanciones.

En la prescripción de las sanciones reguladas en la presente ley, se estará a lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

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