Legislación › Ley 3/2014, de 2 de julio, de Venta Ambulante o no Sedentaria de la Región de Murcia.
Artículo 26. Prescripción de sanciones.
Artículo 26. Prescripción de sanciones.
En la prescripción de las sanciones reguladas en la presente ley, se estará a lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.


