Legislación › Ley 4/2014, de 26 de junio, de Fundaciones Bancarias de Aragón.
Artículo 13. Nombramiento de los patronos en representación de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Artículo 13. Nombramiento de los patronos en representación de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Los patronos nombrados en representación de la Comunidad Autónoma de Aragón serán designados por las Cortes de Aragón, y nombrados por decreto del Gobierno de Aragón, entre personas de reconocido prestigio y competencia, que posean conocimientos y experiencia específicos en materia financiera.
La designación se efectuará atendiendo a la proporcionalidad con la que estén representados los grupos políticos en la Cámara, según el procedimiento que ésta determine.


