Legislación › Ley 5/2014, de 26 de junio, de Salud Pública de Aragón.
Artículo 15. Comisión interdepartamental de salud pública.
Artículo 15. Comisión interdepartamental de salud pública.
Al objeto de hacer efectivo el carácter transversal de la salud pública y de garantizar un alto nivel de protección de la salud humana en todas las políticas y actuaciones que desarrolle la Comunidad Autónoma de Aragón, se crea la Comisión interdepartamental de salud pública, en la que estarán representados los diversos departamentos y organismos afectados y cuya composición y régimen de funcionamiento se regularán reglamentariamente. Corresponde la presidencia de la Comisión a quien ostente la titularidad del departamento responsable en materia de salud pública.


