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Legislación › Ley 5/2014, de 26 de junio, de Salud Pública de Aragón.

Artículo 27. Formación en salud pública.

Artículo 27. Formación en salud pública.

1. Las unidades docentes de las diferentes especialidades sanitarias ubicadas en centros de la Comunidad Autónoma incorporarán formación en materia de salud pública a través de sus programas y estancias.

2. Cada profesional de atención primaria, en sus procesos de formación y capacitación, realizará acciones formativas en materia de salud pública. Se fijarán reglamentariamente los criterios cuantitativos y cualitativos mínimos para esta formación.

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