Legislación › Ley 5/2014, de 26 de junio, de Salud Pública de Aragón.
Artículo 38. Entornos sanos, seguros y sostenibles.
Artículo 38. Entornos sanos, seguros y sostenibles.
1. Las Administraciones Públicas aragonesas velarán por que los entornos donde las personas viven ofrezcan una protección eficaz frente a las amenazas para la salud, permitiéndoles desarrollar sus capacidades y aumentar su autonomía en la gestión de su propia salud.
2. Las actuaciones de promoción de la salud se desarrollarán preferentemente en los lugares en los que las personas y grupos sociales viven, conviven o trabajan. Se incidirá especialmente en el ámbito escolar, laboral, comunitario, sanitario, así como en el entorno audiovisual.


