Legislación › Ley 5/2014, de 26 de junio, de Salud Pública de Aragón.
Artículo 60. Farmacovigilancia.
Artículo 60. Farmacovigilancia.
La farmacovigilancia de medicamentos en salud pública es una actividad que tiene como objetivo la identificación, cuantificación, evaluación y prevención de los riesgos asociados al uso de los medicamentos una vez comercializados.


