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Legislación › Ley 5/2014, de 26 de junio, de Salud Pública de Aragón.

Artículo 60. Farmacovigilancia.

Artículo 60. Farmacovigilancia.

La farmacovigilancia de medicamentos en salud pública es una actividad que tiene como objetivo la identificación, cuantificación, evaluación y prevención de los riesgos asociados al uso de los medicamentos una vez comercializados.

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