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Legislación › Ley 1/2014, de 26 de junio, Reguladora del Código de Conducta y de los Conflictos de Intereses de los Cargos Públicos.

Disposición transitoria tercera. Vigencia de disposiciones reglamentarias.

Disposición transitoria tercera. Vigencia de disposiciones reglamentarias.

En tanto no se desarrolle reglamentariamente la presente ley, permanecerán en vigor, en todo lo que no se oponga a la misma:

a) El Decreto 129/1999, de 23 de febrero, por el que se regula la declaración y registro de las actividades y los derechos y bienes patrimoniales de los miembros del Gobierno, altos cargos de la Administración y directivos de los entes públicos de derecho privado y de las sociedades públicas.

b) El Decreto 130/1999, de 23 de febrero, por el que se regula el estatuto del personal directivo de los entes públicos de derecho privado y de las sociedades públicas.

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