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Ley 1/2014, de 26 de junio, Reguladora del Código de Conducta y de los Conflictos de Intereses de los Cargos Públicos.

En vigor Comunidad Autónoma del País Vasco · Publicada el 9 de agosto de 2014 · Último cambio el 1 de agosto de 2014 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. CAPÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto.
  4. Artículo 2. Ámbito de aplicación.
  5. Artículo 3. Excepciones al ámbito de aplicación de la ley.
  6. Artículo 4. Catálogo de cargos públicos.
  7. CAPÍTULO II
  8. Artículo 5. Principios y valores
  9. Artículo 6. Principios de conducta individual.
  10. Artículo 7. Principios de calidad institucional.
  11. Artículo 8. Principios de relación con la ciudadanía.
  12. Artículo 9. Conflicto de intereses.
  13. Artículo 10. Deber de abstención e inhibición.
  14. Artículo 11. Código de ética y buen gobierno.
  15. CAPÍTULO III
  16. Artículo 12. Dedicación exclusiva.
  17. Artículo 13. Retribución única.
  18. Artículo 14. Compatibilidad con actividades privadas.
  19. Artículo 15. Compatibilidad con actividades públicas.
  20. Artículo 16. Compatibilidad con cargos electivos.
  21. Artículo 17. Compatibilidad con el ejercicio de la docencia universitaria y con la formación de empleados públicos.
  22. Artículo 18. Prohibiciones posteriores al cese como cargo público.
  23. Artículo 19. Procedimientos de compatibilidad y órganos competentes.
  24. CAPÍTULO IV
  25. Artículo 20. Declaración de actividades.
  26. Artículo 21. Declaración de bienes y derechos patrimoniales.
  27. Artículo 22. Limitaciones patrimoniales en participaciones societarias.
  28. Artículo 23. Control y gestión de valores y de activos financieros.
  29. CAPÍTULO V
  30. Artículo 24. Órgano responsable de la gestión de los expedientes de conflictos de intereses
  31. Artículo 25. Registro de Actividades y de Bienes y Derechos Patrimoniales.
  32. Artículo 26. Secciones.
  33. Artículo 27. Comprobación e información.
  34. CAPÍTULO VI
  35. Artículo 28. Infracciones.
  36. Artículo 29. Sanciones.
  37. Artículo 30. Informaciones previas.
  38. Artículo 31. Procedimiento sancionador.
  39. Artículo 32. Órgano competente para la incoación y resolución del procedimiento sancionador.
  40. Artículo 33. Prescripción y caducidad.
  41. Disposición adicional primera. Territorios históricos.
  42. Disposición adicional segunda. Entidades locales
  43. Disposición adicional tercera. Ararteko y Tribunal Vasco de Cuentas Públicas.
  44. Disposición adicional cuarta. Subsistencia de incompatibilidades.
  45. Disposición adicional quinta. Obligación de comunicar nombramientos.
  46. Disposición adicional sexta. Infracción del deber de secreto.
  47. Disposición transitoria primera. Renovación de las declaraciones de cargos públicos nombrados con anterioridad a la entrada en vigor de la presente ley.
  48. Disposición transitoria segunda. Compatibilidades autorizadas previamente a la ley.
  49. Disposición transitoria tercera. Vigencia de disposiciones reglamentarias.
  50. Disposición derogatoria.
  51. Disposición final primera. Aplicación del artículo 18.
  52. Disposición final segunda. Entrada en vigor.
  53. [Firma]