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Legislación › Ley 1/2014, de 26 de junio, Reguladora del Código de Conducta y de los Conflictos de Intereses de los Cargos Públicos.

Disposición adicional quinta. Obligación de comunicar nombramientos.

Disposición adicional quinta. Obligación de comunicar nombramientos.

Las entidades y sociedades integrantes del sector público de la Comunidad Autónoma del País Vasco deberán comunicar al órgano a que se refiere el artículo 24 los nombramientos o designaciones que efectúen correspondientes a puestos de trabajo cuyo titular tenga la consideración de cargo público por estar comprendidos en el ámbito de aplicación de la presente ley.

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