Legislación › Ley 9/2013, de 19 de diciembre, del emprendimiento y de la competitividad económica de Galicia.
Artículo 45. Extinción de las licencias.
Artículo 45. Extinción de las licencias.
Las licencias se extinguen por los siguientes motivos:
a) Por haber finalizado el espectáculo público o la actividad recreativa.
b) Por cumplimiento del plazo al que está sometida la actividad o espectáculo público para el que se solicitó la licencia, en los casos en que proceda.
c) Por caducidad.
d) Por revocación.
e) Por renuncia de quien ostente su titularidad.


