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Legislación › Ley 9/2013, de 19 de diciembre, del emprendimiento y de la competitividad económica de Galicia.

Artículo 45. Extinción de las licencias.

Artículo 45. Extinción de las licencias.

Las licencias se extinguen por los siguientes motivos:

a) Por haber finalizado el espectáculo público o la actividad recreativa.

b) Por cumplimiento del plazo al que está sometida la actividad o espectáculo público para el que se solicitó la licencia, en los casos en que proceda.

c) Por caducidad.

d) Por revocación.

e) Por renuncia de quien ostente su titularidad.

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