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Ley 9/2013, de 19 de diciembre, del emprendimiento y de la competitividad económica de Galicia.
En vigor Comunidad Autónoma de Galicia · Publicada el 29 de enero de 2014 · Último cambio el 31 de diciembre de 2025 · Ver en el BOE
Índice
- no
- Preámbulo
- TÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 2. Competencias en materia de emprendimiento.
- Artículo 3. Ámbito de aplicación.
- Artículo 4. Excepciones.
- Artículo 5. Definición de actividad emprendedora.
- CAPÍTULO II
- Artículo 6. Principios informadores.
- CAPÍTULO III
- Artículo 7. Puntos de atención al emprendedor.
- Artículo 8. Unidad Galicia Emprende. 2 redacciones · cambió el 29/12/2023
- Artículo 9. Red de viveros Galicia Emprende.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 10. Objetivos e instrumentos económicos de financiación de las personas emprendedoras.
- Artículo 11. Inversor o inversora particular de apoyo al emprendimiento.
- Artículo 12. Red gallega de inversores e inversoras particulares de apoyo al emprendimiento.
- Artículo 13. Forma de realización de las acciones y compatibilidad.
- CAPÍTULO V
- Artículo 14. Políticas activas de la Xunta de Galicia en el ámbito del empleo y la ocupación.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 15. Políticas activas de la Xunta de Galicia en el ámbito educativo.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 16. Servicios de apoyo.
- CAPÍTULO VIII
- Artículo 17. Políticas públicas de igualdad y no discriminación en el apoyo a las personas emprendedoras.
- Artículo 18. Apoyo al emprendimiento en el medio rural y a proyectos innovadores o con proyección internacional.
- CAPÍTULO IX
- Artículo 19. Creación del Consejo Gallego de Economía y Competitividad.
- Artículo 20. Funciones del Consejo Gallego de Economía y Competitividad. 3 redacciones · cambió el 31/12/2024
- Artículo 21. Comités ejecutivos.
- Artículo 22. Régimen de funcionamiento del Consejo Gallego de Economía y Competitividad.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 23. Supresión de la licencia municipal de actividad.
- Artículo 24. Comunicación previa. 2 redacciones · cambió el 30/12/2014
- Artículo 25. Efectos de la comunicación previa.
- Artículo 26. Inexactitud, falsedad u omisión en los datos aportados en la comunicación previa.
- Artículo 27. Modificaciones de las actividades.
- Artículo 28. Competencias.
- Artículo 29. Actuaciones de comprobación.
- Artículo 30. Actividades promovidas por administraciones públicas.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 31. Autorización ambiental integrada.
- Artículo 32. Evaluación de impacto ambiental.
- Artículo 33. Evaluación de incidencia ambiental.
- Sección 2
- Artículo 34. Solicitud de declaración de incidencia ambiental.
- Artículo 35. Tramitación de la declaración.
- Artículo 36. Emisión de la declaración de incidencia ambiental. 2 redacciones · cambió el 28/12/2018
- Artículo 37. Vigilancia y régimen sancionador.
- Artículo 38. Modificaciones sustanciales de actividades sometidas a declaración de incidencia ambiental.
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 39. Definiciones.
- Sección 2
- Artículo 40. Actividades sometidas a declaración responsable. 4 redacciones · cambió el 31/12/2025
- Artículo 41. Actividades sometidas a licencia o autorización. 2 redacciones · cambió el 02/01/2018
- Artículo 41 bis. Actividades exentas de declaración responsable, licencia municipal y autorización autonómica.
- Artículo 41 ter. Modificaciones.
- Artículo 42. Tramitación de la licencia municipal del artículo 41.1.a). 2 redacciones · cambió el 02/01/2018
- Artículo 42 bis. Licencia en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas y licencia urbanística.
- Artículo 42 ter. Tramitación de la licencia municipal del artículo 41.1.b).
- Artículo 42 quater. Tramitación de la licencia municipal del artículo 41.1.c).
- Artículo 42 quinquies. Tramitación de la licencia municipal del artículo 41.1.d).
- Sección 3
- Artículo 43. Contenido de las licencias.
- Artículo 44. Vigencia de las licencias.
- Artículo 45. Extinción de las licencias.
- Artículo 46. Revocación y caducidad.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 47. Naturaleza y finalidad. 2 redacciones · cambió el 31/12/2024
- Artículo 48. Autorización y registro. 2 redacciones · cambió el 31/12/2024
- Artículo 49. Funcionamiento. 2 redacciones · cambió el 31/12/2024
- Artículo 50. Control, inspección y precios mínimos. 3 redacciones · cambió el 31/12/2025
- CAPÍTULO V
- Artículo 51. Infracciones.
- Artículo 52. Infracciones muy graves. 3 redacciones · cambió el 31/12/2024
- Artículo 53. Infracciones graves. 4 redacciones · cambió el 31/12/2024
- Artículo 54. Infracciones leves. 3 redacciones · cambió el 31/12/2024
- Artículo 55. Responsables. 2 redacciones · cambió el 31/12/2024
- Artículo 56. Procedimiento. 2 redacciones · cambió el 31/12/2024
- Artículo 57. Competencia para sancionar. 3 redacciones · cambió el 31/12/2024
- Artículo 58. Sanciones. 2 redacciones · cambió el 31/12/2024
- Artículo 59. Graduación. 2 redacciones · cambió el 31/12/2024
- Artículo 60. Prescripción y caducidad.
- Disposición adicional primera. Régimen de los proyectos industriales estratégicos.
- Disposición adicional segunda. La agencia Instituto Gallego de Promoción Económica.
- Disposición adicional tercera. Reforzamiento de la inspección administrativa.
- Disposición adicional cuarta. Fiestas y verbenas populares organizadas por agrupaciones o asociaciones de vecinos/as o por comisiones de fiestas.
- Disposición adicional quinta. Asunción de las funciones de la Unidad Galicia Emprende.
- Disposición adicional sexta. Consejo Gallego de la Minería.
- Disposición adicional séptima. Actualización de precios mínimos por los servicios de las Eccom.
- Disposición transitoria primera. Régimen transitorio de las licencias y autorizaciones.
- Disposición transitoria segunda. Régimen de los consejos gallegos de industria, de la minería y del comercio. 2 redacciones · cambió el 31/12/2024
- Disposición transitoria tercera. Órgano competente en procedimientos en curso relativos a las ECCOM.
- Disposición derogatoria primera.
- Disposición derogatoria segunda.
- Disposición final primera. Modificación del Texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto legislativo 1/2011, de 28 de julio.
- Disposición final segunda. Modificación de la Ley 1/1995, de 2 de enero, de protección ambiental de Galicia.
- Disposición final tercera. Modificación de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia.
- Disposición final cuarta. Modificación de la Ley 9/2004, de 10 de agosto, de seguridad industrial de Galicia.
- Disposición final quinta. Modificación de la Ley 13/2010, de 17 de diciembre, del comercio interior de Galicia.
- Disposición final sexta. Habilitación normativa.
- Disposición final séptima. Leyes de presupuestos.
- Disposición final octava. Entrada en vigor.
- Firma
- ANEXO


