Legislación › Ley 9/2013, de 19 de diciembre, del emprendimiento y de la competitividad económica de Galicia.
Disposición adicional séptima. Actualización de precios mínimos por los servicios de las Eccom.
Disposición adicional séptima. Actualización de precios mínimos por los servicios de las Eccom.
Cuando la actualización de precios prevista en el artículo 50.2 se realice exclusivamente en base a índices oficiales u objetivos, se llevará a efecto mediante resolución administrativa de la persona titular de la consejería con competencias en materia de urbanismo, que será publicada en el "Diario Oficial de Galicia".
Se modifica por el art. 16.3 de la Ley 5/2025, de 23 de diciembre. BOE-A-2026-338
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