Legislación › Ley 9/2014, de 31 de julio, de la seguridad industrial de los establecimientos, las instalaciones y los productos.
Disposición final quinta. Regulación de la inspección técnica de vehículos.
Disposición final quinta. Regulación de la inspección técnica de vehículos.
El Gobierno, en el plazo de nueve meses desde la entrada en vigor de la presente ley, debe aprobar un proyecto de ley que regule el régimen jurídico de la inspección técnica de vehículos, que debe incluir la derogación de los preceptos de la Ley 12/2008, de 31 de julio, de seguridad industrial, que permanecen vigentes.


