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Legislación › Real Decreto 679/2014, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de control del comercio exterior de material de defensa, de otro material y de productos y tecnologías de doble uso.

ANEXO I.2

ANEXO I.2

PRODUCTOS Y TECNOLOGÍAS ESPECÍFICOS DEL RÉGIMEN DE CONTROL DE TECNOLOGÍA DE MISILES (RCTM)

Los productos sometidos al régimen de control de este anexo están integrados en el Reglamento (UE) 2021/821 del Parlamento y del Consejo, de 20 de mayo, por el que se establece el régimen de la Unión de control de las exportaciones, el corretaje, la asistencia técnica, el tránsito y la transferencia de productos de doble uso.

Se modifica por el art. único.2 de la Orden ECM/536/2026, de 29 de mayo. BOE-A-2026-11628

Se modifica por el art. único y Anexo I.2 de la Orden ECC/1493/2016, de 19 de septiembre. BOE-A-2016-8633.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
5 de junio de 2026 En vigor BOE-A-2026-11628 Leer Qué cambió
22 de septiembre de 2016 BOE-A-2016-8633 Leer Qué cambió
27 de agosto de 2014 Texto original Leer

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