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Legislación › Real Decreto 679/2014, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de control del comercio exterior de material de defensa, de otro material y de productos y tecnologías de doble uso.

ANEXO V.2

ANEXO V.2

LICENCIA GLOBAL DE TRANSFERENCIA DE COMPONENTES DE MATERIAL DE DEFENSA

LISTA DE DESTINOS PERMITIDOS

Unión Europea

Alemania

Austria

Bélgica

Bulgaria

Chipre

Croacia

Dinamarca

Eslovaquia

Eslovenia

Estonia

Finlandia

Francia

Grecia

Holanda

Hungría

Irlanda

Italia

Lituania

Letonia

Luxemburgo

Malta

Polonia

Portugal

República Checa

Rumania

Suecia

Otros países

Australia

Canadá

Estados Unidos

Japón

Nueva Zelanda

Noruega

Reino Unido

Suiza

Se modifica la inclusión del Reino Unido por el art. único.16 del Real Decreto 414/2022, de 31 de mayo. BOE-A-2022-10514

Téngase en cuenta la disposición transitoria única del citado Real Decreto, en cuanto a las autorizaciones de exportación e importación con el Reino Unido.

Se modifica por el art. único y Anexo V.2 de la Orden ECC/1493/2016, de 19 de septiembre. BOE-A-2016-8633.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
26 de junio de 2022 En vigor BOE-A-2022-10514 Leer Qué cambió
22 de septiembre de 2016 BOE-A-2016-8633 Leer Qué cambió
27 de agosto de 2014 Texto original Leer

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