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Legislación › Ley 6/2014, de 13 de junio, de Juego y Apuestas.

Disposición transitoria cuarta. Casinos que mantengan su plantilla durante 2013.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 17 de julio de 2014 y la del 30 de octubre de 2014. Tachado: lo que se quitó (60 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición transitoria cuarta. Casinos que mantengan su plantilla durante 2013.
1. Los casinos de juego en funcionamiento a la entrada en vigor de la presente ley que hayan mantenido su plantilla media durante el año 2013 igual a la plantilla media de los diez primeros meses de 2012 podrán acogerse a la tarifa reducida prevista en el apartado 3 del artículo 39 y en los términos establecidos en el mismo. (Derogada)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de octubre de 2014 En vigor BOE-A-2015-945 Leer Qué cambió
17 de julio de 2014 Texto original Leer

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