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Legislación › Ley 16/2014, de 30 de septiembre, por la que se regulan las tasas de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

Artículo 7. Hecho imponible.

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Artículo 7. Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible de la tasa el examen de la documentación necesaria para la verificación por parte de la CNMV del cumplimiento de los requisitos para la admisión a negociación de valores en mercados secundarios oficiales, exigible de acuerdo con la Ley 24/1988, 6/2023, de 28 17 de julio, del Mercado marzo, de Valores, los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión, y por sus disposiciones de desarrollo.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
7 de abril de 2023 En vigor BOE-A-2023-7053 Leer Qué cambió
1 de enero de 2015 Texto original Leer

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