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Legislación › Ley 3/2014, de 11 de septiembre, de Transparencia y Buen Gobierno de La Rioja.

Artículo 27. Catálogo de información pública reutilizable.

Artículo 27. Catálogo de información pública reutilizable.

1. La consejería competente en materia de transparencia mantendrá un catálogo de información pública reutilizable correspondiente a los sujetos comprendidos en el ámbito de aplicación de esta ley, que permita acceder, desde el Portal de la Transparencia, a los distintos recursos de información pública reutilizable disponibles.

2. Además de observar el cumplimiento de las obligaciones impuestas por el artículo 4.3 de esta ley, las autoridades públicas, funcionarios y empleados de las entidades comprendidas en el ámbito de aplicación de esta ley colaborarán activamente en el mantenimiento del catálogo de información pública reutilizable.

Se modifica el apartado 1 por el art. 13.3 de la Ley 2/2021, de 29 de enero. BOE-A-2021-2766

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de febrero de 2021 En vigor BOE-A-2021-2766 Leer Qué cambió
18 de septiembre de 2014 Texto original Leer

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