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Legislación › Ley 6/2014, de 25 de julio, Canaria de Educación no Universitaria.

Artículo 66. Procedimiento para la evaluación del sistema educativo.

Artículo 66. Procedimiento para la evaluación del sistema educativo.

Con el propósito de realizar un seguimiento del desarrollo de los objetivos de mejora fijados en esta ley, el Gobierno de Canarias deberá arbitrar los procedimientos adecuados para la consecución y evaluación de las políticas educativas que se implementen de acuerdo con los artículos siguientes.

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