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Legislación › Ley 6/2014, de 25 de julio, Canaria de Educación no Universitaria.

Disposición adicional tercera. Estabilidad laboral del personal interino.

Disposición adicional tercera. Estabilidad laboral del personal interino.

El Gobierno de Canarias arbitrará fórmulas que permitan la estabilidad para los y las interinas de más de 55 años y cinco años de servicios, al margen de su participación en los procesos selectivos.

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