Legislación › Ley 9/2015, de 7 de agosto, de financiación de las formaciones políticas y de las fundaciones y entidades vinculadas o dependientes de ellas.
Artículo 18. Gastos subvencionables.
Artículo 18. Gastos subvencionables.
Son subvencionables los gastos electorales, entendiendo por tales los previstos en el artículo 14 de la presente ley.


