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Legislación › Ley 9/2015, de 7 de agosto, de financiación de las formaciones políticas y de las fundaciones y entidades vinculadas o dependientes de ellas.

Artículo 16. Disposiciones generales.

Artículo 16. Disposiciones generales.

La Comunidad Autónoma subvenciona, de acuerdo con las reglas previstas en la presente ley y con cargo a sus presupuestos generales, los gastos ocasionados a las formaciones políticas por su concurrencia a las elecciones al Parlamento de Galicia.

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