Legislación › Ley 9/2015, de 7 de agosto, de financiación de las formaciones políticas y de las fundaciones y entidades vinculadas o dependientes de ellas.
Artículo 9. Designación de los administradores o administradoras generales.
Artículo 9. Designación de los administradores o administradoras generales.
Los/las representantes generales de los partidos políticos, federaciones y coaliciones presentarán un escrito ante la Junta Electoral de Galicia, antes del decimoquinto día posterior al de la convocatoria de elecciones, con el nombre del administrador o administradora general. Al escrito habrá de acompañarse la declaración de aceptación de la persona designada.


