Legislación › Ley 9/2015, de 7 de agosto, de financiación de las formaciones políticas y de las fundaciones y entidades vinculadas o dependientes de ellas.
Disposición adicional segunda. Actualización de cuantías.
Disposición adicional segunda. Actualización de cuantías.
Las cantidades mencionadas en los artículos 15 y 19 de la presente ley se refieren a euros constantes. Por orden de la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda se fijarán las cantidades actualizadas en los cinco días siguientes al de la convocatoria de las elecciones.
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