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Legislación › Ley 36/2015, de 28 de septiembre, de Seguridad Nacional.

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

1. Esta ley será de aplicación a las diferentes Administraciones Públicas y, en los términos que en ella se establecen, a las personas físicas o jurídicas.

2. Los estados de alarma y excepción, se rigen por su normativa específica.

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