Legislación › Ley 36/2015, de 28 de septiembre, de Seguridad Nacional.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
1. Esta ley será de aplicación a las diferentes Administraciones Públicas y, en los términos que en ella se establecen, a las personas físicas o jurídicas.
2. Los estados de alarma y excepción, se rigen por su normativa específica.


