Legislación › Ley 36/2015, de 28 de septiembre, de Seguridad Nacional.
Disposición adicional cuarta. Comunicación pública.
Disposición adicional cuarta. Comunicación pública.
El Sistema de Seguridad Nacional deberá contar con una política informativa para situaciones de crisis, cuya coordinación estará a cargo de la autoridad que ejerza de Portavoz del Gobierno.
← Disposición adicional tercera Índice Disposición transitoria única →


