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Legislación › Real Decreto 847/2015, de 28 de septiembre, por el que se regula el Registro Estatal de Prestadores de Servicios de Comunicación Audiovisual y el procedimiento de comunicación previa de inicio de actividad.

Artículo 22. Documentación que debe aportarse a la comunicación de modificación de datos inscritos en el Registro.

Artículo 22. Documentación que debe aportarse a la comunicación de modificación de datos inscritos en el Registro.

Cualquier comunicación de modificación de los datos o actos inscritos en el Registro Estatal de Prestadores del Servicio de Comunicación Audiovisual y, en particular, en el caso de modificaciones relativas a los poseedores de participaciones significativas en un prestador, se acompañará de la correspondiente documentación acreditativa.

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