Legislación › Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del sector ferroviario.
Disposición transitoria séptima. Normas reglamentarias.
Disposición transitoria séptima. Normas reglamentarias.
En tanto no se apruebe el desarrollo reglamentario previsto en los artículos 8, 36, 68.1 y 69.4, serán de aplicación las órdenes ministeriales que actualmente regulan la materia.
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