Legislación › Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Artículo 132. Planificación normativa.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 2 de octubre de 2016 y la del 22 de junio de 2018.
Tachado: lo que se quitó (0 palabras). Subrayado: lo que se añadió (35 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 132. Planificación normativa.
1. Anualmente, las Administraciones Públicas harán público un Plan Normativo que contendrá las iniciativas legales o reglamentarias que vayan a ser elevadas para su aprobación en el año siguiente.
2. Una vez aprobado, el Plan Anual Normativo se publicará en el Portal de la Transparencia de la Administración Pública correspondiente.
Téngase en cuenta que este artículo se declara contrario al orden constitucional de competencias en los términos del fundamento jurídico 7 b) y 7 c) por Sentencia del TC 55/2018, de 24 de mayo. BOE-A-2018-8574
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 22 de junio de 2018 En vigor | BOE-A-2018-8574 | Leer | Qué cambió |
| 2 de octubre de 2016 | Texto original | Leer |


