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Legislación › Real Decreto 900/2015, de 9 de octubre, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas de las modalidades de suministro de energía eléctrica con autoconsumo y de producción con autoconsumo.

ANEXO III

Comparación entre la redacción en vigor desde el 11 de octubre de 2015 y la del 7 de octubre de 2018. Tachado: lo que se quitó (380 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

ANEXO III
Cargos transitorios por energía autoconsumida de aplicación a los sistemas eléctricos aislados
1. Sistemas eléctricos de la Comunidad Autónoma de Canarias y de las Ciudades de Ceuta y Melilla:
Los precios de cada uno de los cargos variables transitorios por energía autoconsumida de aplicación a todos los sistemas eléctricos aislados del territorio no peninsular de la Comunidad Autónoma de Canarias y de las Ciudades de Ceuta y Melilla tomarán valor cero para cada categoría de peajes de acceso y periodos horarios.
2. Sistema eléctrico de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears.
1. Los precios de cada uno de los cargos variables transitorios por energía autoconsumida de aplicación al sistema eléctrico Mallorca-Menorca serán los siguientes:
Peaje de acceso
·
Cargo transitorio por energía autoconsumida (€/kWh) Mallorca-Menorca
·
Periodo 1
·
Periodo 2
·
Periodo 3
·
Periodo 4
·
Periodo 5
·
Periodo 6
·
2.0 A (Pc ≤ 10 kW)
·
0,017335
·
0,000000
·
0,000000
·
0,000000
·
0,000000
·
0,000000
·
2.0 DHA (Pc ≤ 10 kW)
·
0,033181
·
0,000000
·
0,000000
·
0,000000
·
0,000000
·
0,000000
·
2.0 DHS (Pc ≤ 10 kW)
·
0,033066
·
0,000000
·
0,000000
·
0,000000
·
0,000000
·
0,000000
·
2.1 A (10< Pc ≤ 15 kW)
·
0,029031
·
0,000000
·
0,000000
·
0,000000
·
0,000000
·
0,000000
·
2.1 DHA (10< Pc ≤ 15 kW)
·
0,044118
·
0,000000
·
0,000000
·
0,000000
·
0,000000
·
0,000000
·
2.1 DHS (10< Pc ≤ 15 kW)
·
0,044004
·
0,000000
·
0,000000
·
0,000000
·
0,000000
·
0,000000
·
3.0 A (Pc > 15 kW)
·
0,000423
·
0,000000
·
0,000000
·
0,000000
·
0,000000
·
0,000000
·
3.1 A (1 kV a 36 kV)
·
0,000000
·
0,000000
·
0,000000
·
0,000000
·
0,000000
·
0,000000
·
6.1A (1 kV a 30 kV)
·
0,006949
·
0,000000
·
0,000000
·
0,000000
·
0,000000
·
0,000000
·
6.1B (30 kV a 36 kV)
·
0,003656
·
0,000000
·
0,000000
·
0,000000
·
0,000000
·
0,000000
·
6.2 (36 kV a 72,5 kV)
·
0,000000
·
0,000000
·
0,000000
·
0,000000
·
0,000000
·
0,000000
·
2. Los precios de cada uno de los cargos variables transitorios por energía autoconsumida de aplicación al sistema eléctrico Ibiza Formentera tomarán valor cero para cada categoría de peajes de acceso y periodos horarios.
(Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
7 de octubre de 2018 En vigor BOE-A-2018-13593 Leer Qué cambió
11 de octubre de 2015 Texto original Leer

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