LexTotal

Legislación › Ley 13/2014, de 26 de diciembre, de Radio y Televisión Públicas de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Artículo 9. Órganos del ente público RTVC.

Artículo 9. Órganos del ente público RTVC.

El ente público Radiotelevisión Canaria se estructura, en cuanto a su funcionamiento, administración y dirección, en los siguientes órganos:

a) La Junta de Control.

b) La Dirección General.

c) El Consejo Asesor.

d) Los Consejos de Informativos.

Se modifica por el art. único.9 de la Ley 6/2018, de 28 de diciembre. BOE-A-2019-859

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2019 En vigor BOE-A-2019-859 Leer Qué cambió
8 de enero de 2015 Texto original Leer

← Artículo 8 Índice Artículo 10 →