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Legislación › Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas.

Disposición final tercera. Coordinación de procedimientos.

Disposición final tercera. Coordinación de procedimientos.

Los órganos competentes de la Administración General del Estado impulsarán las actuaciones necesarias para coordinar, en la medida de lo posible y con pleno respeto de la distribución de competencias entre las distintas Administraciones, los procedimientos y los controles previstos en este real decreto con los regulados en la normativa sectorial correspondiente cuando los ámbitos de aplicación sean parcialmente coincidentes.

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