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Legislación › Ley 47/2015, de 21 de octubre, reguladora de la protección social de las personas trabajadoras del sector marítimo-pesquero.

Disposición adicional séptima. Elaboración de un catálogo de enfermedades profesionales.

Disposición adicional séptima. Elaboración de un catálogo de enfermedades profesionales.

El Ministerio competente elaborará un Catálogo de Enfermedades Profesionales propias de los y las trabajadoras del mar, atendiendo de forma específica a las condiciones de penosidad y exposiciones a agentes físicos que sufren las personas que se dedican a la recogida de marisco, tanto a pie como a flote, al cultivo del mejillón en batea, a la recogida de percebes en la roca, así como los buceadores en apnea para la recolección de recursos específicos.

Se añade por la disposición final 2.3 de la Ley 5/2023, de 17 de marzo. BOE-A-2023-7052

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