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Ley 47/2015, de 21 de octubre, reguladora de la protección social de las personas trabajadoras del sector marítimo-pesquero.

En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 22 de octubre de 2015 · Último cambio el 30 de abril de 2025 · Ver en el BOE

Índice

  1. co
  2. Preámbulo
  3. TÍTULO PRELIMINAR
  4. Artículo 1. Normativa reguladora.
  5. TÍTULO I
  6. CAPÍTULO I
  7. Artículo 2. Extensión del campo de aplicación.
  8. Artículo 3. Trabajadores por cuenta ajena.
  9. Artículo 4. Trabajadores por cuenta propia.
  10. Artículo 5. Asimilados a personas trabajadoras por cuenta ajena.
  11. Artículo 6. Excepción al principio de territorialidad.
  12. CAPÍTULO II
  13. Artículo 7. Inscripción de empresas y afiliación de personas trabajadoras.
  14. CAPÍTULO III
  15. Artículo 8. Cotización. 3 redacciones · cambió el 27/07/2022
  16. Artículo 9. Bases de cotización.
  17. Artículo 10. Clasificación de personas trabajadoras.
  18. Artículo 11. Coeficientes correctores.
  19. Artículo 12. Recaudación.
  20. CAPÍTULO IV
  21. Artículo 13. Contingencias protegidas.
  22. Artículo 14. Prestaciones. 2 redacciones · cambió el 12/03/2019
  23. Artículo 15. Mejora voluntaria de las prestaciones.
  24. Artículo 16. Revalorización de pensiones.
  25. Artículo 17. Caracteres de las prestaciones.
  26. Artículo 18. Incompatibilidad de pensiones.
  27. Artículo 19. Cómputo de periodos de cotización a distintos regímenes de Seguridad Social.
  28. Artículo 20. Condiciones del derecho a las prestaciones.
  29. Artículo 21. Asistencia sanitaria.
  30. Artículo 22. Recuperación profesional.
  31. Artículo 23. Incapacidad temporal. 3 redacciones · cambió el 21/12/2024
  32. Artículo 24. Nacimiento y cuidado de menor. 3 redacciones · cambió el 12/03/2019
  33. Artículo 25. Corresponsabilidad en el cuidado del lactante. 3 redacciones · cambió el 12/03/2019
  34. Artículo 26. Riesgo durante el embarazo.
  35. Artículo 27. Riesgo durante la lactancia natural.
  36. Artículo 28. Prestación económica por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.
  37. Artículo 29. Incapacidad permanente. 2 redacciones · cambió el 30/04/2025
  38. Artículo 30. Jubilación.
  39. Artículo 31. Muerte y supervivencia.
  40. Artículo 32. Prestaciones familiares.
  41. Artículo 33. Prestaciones por desempleo.
  42. Artículo 34. Prestaciones por cese de actividad. 2 redacciones · cambió el 28/06/2017
  43. Artículo 35. Servicios sociales y asistencia social.
  44. CAPÍTULO V
  45. Artículo 36. Infracciones y sanciones.
  46. CAPÍTULO VI
  47. Artículo 37. Derecho supletorio.
  48. TÍTULO II
  49. CAPÍTULO I
  50. Artículo 38. Beneficiarios.
  51. CAPÍTULO II
  52. Artículo 39. Sanidad marítima.
  53. Artículo 40. Servicios asistenciales.
  54. Artículo 41. Formación Profesional Marítima y Sanitaria.
  55. TÍTULO III
  56. CAPÍTULO I
  57. Artículo 42. Entidad competente.
  58. Artículo 43. Gestión del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.
  59. Artículo 44. Gestión de la protección social específica de las personas trabajadoras del sector marítimo-pesquero.
  60. Artículo 45. Estructura organizativa del Instituto Social de la Marina.
  61. Artículo 46. Composición y funcionamiento de los órganos de participación en la gestión.
  62. CAPÍTULO II
  63. Artículo 47. Sistema financiero.
  64. Artículo 48. Recursos generales.
  65. Disposición adicional primera. Excepción a la incompatibilidad de la aplicación de coeficientes correctores de la cotización con cualquier otra bonificación o reducción.
  66. Disposición adicional segunda. No incremento de gastos de personal.
  67. Disposición adicional tercera. Estudio sobre las condiciones del trabajo de los buceadores deportivos y recreativos.
  68. Disposición adicional cuarta. Colectivo de neskatillas y empacadoras.
  69. Disposición adicional quinta. Aplicación del Mecanismo de Equidad Intergeneracional y de la cotización adicional de solidaridad a los trabajadores del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar. 4 redacciones · cambió el 29/01/2025
  70. Disposición adicional quinta [sic]. Modificación de coeficientes reductores a aplicar a las actividades de marisqueo, recogida de percebes y recogida de algas.
  71. Disposición adicional sexta. Reconocimiento de coeficientes reductores para las actividades de rederas, neskatillas, empacadoras y buceadores profesionales.
  72. Disposición adicional séptima. Elaboración de un catálogo de enfermedades profesionales.
  73. Disposición transitoria primera. Aplicación de legislaciones anteriores para causar derecho a pensión de jubilación.
  74. Disposición transitoria segunda. Cotizaciones efectuadas en anteriores regímenes.
  75. Disposición transitoria tercera. Cotización por contingencias profesionales de determinados colectivos de trabajadores.
  76. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  77. Disposición final primera. Título competencial.
  78. Disposición final segunda. Desarrollo reglamentario.
  79. Disposición final tercera. Cambio de medición del arqueo de las embarcaciones.
  80. Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
  81. Firma