Legislación › Real Decreto 866/2015, de 2 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Aeronavegabilidad de la Defensa.
Artículo 32. Solicitud de un certificado de tipo suplementario.
Artículo 32. Solicitud de un certificado de tipo suplementario.
La solicitud del certificado de tipo suplementario deberá dirigirse a la AAD, a quien corresponde la competencia de emitirlo, e incluirá una prueba de que se dispone de la información necesaria del diseño de tipo al que es aplicable, bien con los recursos propios del solicitante, o mediante acuerdos con el titular del certificado de tipo.


