Legislación › Real Decreto 949/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones.
Disposición adicional primera. Registros de asociaciones en las ciudades de Ceuta y Melilla.
Disposición adicional primera. Registros de asociaciones en las ciudades de Ceuta y Melilla.
En las ciudades de Ceuta y Melilla existirá un registro de asociaciones, que radicará en la respectiva Delegación del Gobierno. Tales registros ejercerán sus competencias respecto de las asociaciones que desarrollen principalmente sus actividades en el ámbito territorial respectivo de Ceuta y Melilla.


