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Legislación › Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores.

Disposición final única. Entrada en vigor.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente real decreto legislativo y el texto refundido que aprueba entrarán en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

No obstante, el apartado 2 de la disposición adicional única de este real decreto legislativo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

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