Legislación › Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores.
Disposición transitoria segunda. Cuotas participativas de las cajas de ahorros y las cuotas participativas de asociación de la Confederación Española de Cajas de Ahorros.
Disposición transitoria segunda. Cuotas participativas de las cajas de ahorros y las cuotas participativas de asociación de la Confederación Española de Cajas de Ahorros.
Las cuotas participativas de las cajas de ahorros y las cuotas participativas de asociación de la Confederación Española de Cajas de Ahorros que hayan sido emitidas con anterioridad de a la publicación de este texto refundido, seguirán teniendo carácter de valor negociable al que se refiere el artículo 2.1 de esta ley hasta su completa amortización.
← Disposición transitoria primera Índice Disposición transitoria tercera →


