Legislación › Ley Orgánica 16/2015, de 27 de octubre, sobre privilegios e inmunidades de los Estados extranjeros, las Organizaciones Internacionales con sede u oficina en España y las Conferencias y Reuniones internacionales celebradas en España.
Artículo 39. Revocación del consentimiento.
Artículo 39. Revocación del consentimiento.
El consentimiento de la organización internacional al que se refiere el artículo 37 no podrá ser revocado una vez iniciado el proceso ante un órgano jurisdiccional español.


