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Legislación › Ley Orgánica 16/2015, de 27 de octubre, sobre privilegios e inmunidades de los Estados extranjeros, las Organizaciones Internacionales con sede u oficina en España y las Conferencias y Reuniones internacionales celebradas en España.

Artículo 43. Duración de los privilegios e inmunidades.

Artículo 43. Duración de los privilegios e inmunidades.

Con carácter general, la duración de los privilegios e inmunidades reconocidos se extenderá durante toda la duración de la conferencia o reunión internacional y sendos periodos de diez días anteriores y cinco días posteriores a esta.

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